Entrega de la Medalla de Honor del Colegio Notarial de Andalucía - Colegio Notarial de Andalucía

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null Entrega de la Medalla de Honor del Colegio Notarial de Andalucía

29 nov. 2018 - 29 nov. 2018

Celebrado

Entrega de la Medalla de Honor del Colegio Notarial de Andalucía

El pasado día 29 de Noviembre el Ilustre Colegio Notarial de Andalucía hizo entrega de su Medalla de Honor a la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, con motivo de cumplirse el V Centenario de su creación.


El acto se desarrolló de la siguiente manera: Abrió el acto Don José Luis Lledó González, Decano del Colegio Notarial de Andalucía, quien hizo entrega de la Medalla. Tras ello, intervino Don Alfonso Castro Sáenz, Decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla. Clausuró Don Pedro José Garrido Chamorro, Director general de los Registros y el Notariado.

Discurso de D. Alfonso Castro, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla.

De la Casa de las Dudas a la de las Certezas

Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial
Director General de los Registros y del Notariado
Autoridades presentes
Compañeros de Facultad
Señoras y señores,

Querría iniciar mi intervención, que será necesariamente breve, manifestando mi honda satisfacción por estar hoy aquí representando a la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla como Decano en el año de su Quinto Centenario, y la de la Facultad que represento, en tan alta ocasión, para recibir tan alto honor. No todos los honores son hermosos en lo hondo: este lo es, porque procede de quien sabe y puede apreciarnos porque nos conoce y está en disposición de juzgar nuestros méritos y de deslindarlos (y aun apreciarlos por contraste más) de las limitaciones, sobre todo de las que no dependen de nosotros: limitaciones de nuestro entorno que nos comprimen, pero que no son en substancia nuestras. (Nadie más autocrítico que el universitario esencial, por lo demás: el que no se ha pervertido, incluso dentro de la Universidad, para ser otra cosa).

            Este que se nos confiere no es un honor contra nadie, como tantas veces se utilizan los “honores”, que caen así en el deshonor, como por desgracia ocurre en muchos ámbitos, incluido el universitario, por parte de los que confunden los fines naturales de nuestra institución o de cualquier otra con los medios para alcanzar fines propios de promoción personal, o para ajustar cuentas frente a los que no las llevan y son, simplemente, universitarios libres. Hombres y mujeres libres en una sociedad en la que esto no requiere, aunque tantos lo crean, de ninguna heroicidad, ni pagar ningún verdadero precio. Obvio entrar aquí en el listado de los que verdaderamente tuvieron que pagar “precios”, de Ajmátova a Machado, de Castillejo a Mann, en el terrible siglo occidental que los de mi generación y las anteriores aún llamamos el nuestro, pero ya no nuestros alumnos. Este es un honor puro, por quien lo recibe y por quien lo da: Facultad y Colegio.

            Permítanme que centre el corazón de mi intervención, en un ámbito jurídico (el notarial; el universitario) en que la cultura se ama al entender el Derecho como una manifestación (y no cualquiera) de alta cultura, con aquel lienzo de Gauguin, primitivo por elaborado, salvaje de puro desprendimiento, sintético por simbólico -por “ideal”-, ¿Qué somos?, pues podría servirnos de guía. De Flaubert a Mallarmé cuaja la idea de la poésie pure, presidida por una premisa clara: es preferible una bella línea sin significado antes que una menos bella aunque signifique. Los juristas sabemos que esto es mentira. “La irrepetibilidad del momento –como decía Arnold Hauser-, que no ha existido antes ni volverá a repetirse después, fue la experiencia fundamental del siglo XIX”, un siglo –el codificatorio por antonomasia, y no solo en derecho- del que –o en el que- aún seguimos viviendo en tantas cosas: en poesía como en derecho. Para nosotros ese momento es solo el momento significante. Para nosotros, juristas, lo que no significa es irrelevante, por mucho que la irrelevancia, hoy en día, en este Derecho por vez primera atento a la frágil posición de los débiles frente a los fuertes (sexos, edades, razas), tenga su propio valor jurídico, por obra del mismo Derecho.

            La vida pasa rápido. En términos geológicos la de las instituciones no más lentamente que la de los individuos en términos históricos: o intrahistóricos, como quería aquel viejo Rector de Salamanca, Unamuno, que aún sigue iluminándonos, incluso en la aterradora contraposición universitaria entre la categoría y los ejemplos –o más bien antiejemplos- concretos: Rector e intelectual él puro. Los juristas sabemos fijar de otro modo lo que los poetas perciben al suyo. ¿Cuerpo y alma? ¿Materia y espíritu? No; formas espirituales del ser elevado: distintas: compatibles. Compartibles. Queda aún por hacer, y no es la primera vez que lo defiendo en público, un estudio definitorio sobre cómo la formación jurídica ahormó la mentalidad –exacta, precisa, nítidamente matizada- de un poeta como Luis Cernuda, alumno y licenciado en Derecho por nuestra Facultad. Esa, ante el tiempo, lucha contra el olvido –desde el derecho como desde la poesía- está en la esencia misma de la civilización occidental, como recuerda un sevillano errante o trasterrado y por eso mismo (Velázquez, Blanco White, Bécquer, Machado, Cernuda) universal: Emilio Lledó. Punto de una línea que quizás va hacia la nada (quizás no: ¡seguro!) y que llamamos existir. Maravillosa nada, porque es lo único que tenemos.

            Entre el ayer y el mañana discurre el día, participios vistos en la historia (la retina) que son siempre gerundios. Procesos. La línea está hecha de puntos, en términos históricos más incluso que en matemáticos: geométricos. Ente invisible, como quería Kandinsky, que hay que visibilizar. “¿Qué somos?” planteaba Gauguin. No cabe aquí trazar una historia breve de la Facultad (quizás ante la Academia de Legislación y Jurisprudencia, que también nos ha honrado este año tan importante para nosotros, representada magníficamente aquí hoy: siempre la Academia Sevillana, es de justicia reconocerlo, presente donde debe estar), pero sí destacar su carácter medular en la historia de nuestra Universidad (aunque esta pretenda olvidarlo en alguna de sus instancias con frecuencia, pensando que su reivindicación como un todo pasa por negar o silenciar a sus partes, incluidas, sobre todo, aquellas sin las que no existiría). Si no una historia aquí, sí podríamos recordar, como hicieron los impresionistas y mucho antes que ellos nuestro Velázquez, o siquiera trazar, una impresión, puntos de una línea, como quien pinta alla prima y se queda con algunos trazos: los que identifican: los que significan.

            Recordar, por ejemplo, que nacida en 1505 sin rastro de docencia efectiva en torno al Colegio de Santa María de Jesús hasta 1518 sobre la base de diez becas de Teología y cinco de Derecho en la fundación de Maese Rodrigo Fernández de Santaella, pronto se igualaron ambas, pasando de inmediato el eje de la Universidad a girar en torno a los estudios de Leyes, frente a la competencia feroz del Colegio dominico de Santo Tomás, que emitía títulos en Artes o Teología destinados a clérigos, pero no en Derecho (o Medicina); que, a fines del siglo XVII, cuando mueren Murillo y Valdés Leal en la ciudad, solo se impartía en nuestra Universidad docencia en las cátedras de Derecho y Prima de Medicina; que, entre 1715 y 1762, la única Facultad que contó con alumnos en verdad en la Universidad de Sevilla fue Derecho (entre 117 y 193, con un lecho de 89), cuando Medicina osciló entre 22 y 58 entre 1701 y 1730, Teología no tuvo alumnos entre 1708 y 1767 o Artes apenas tres durante largos años a partir de 1704; que en 1855 un jurista, Rector, Antonio Martín Villa, salvó a nuestra Universidad de su probable disolución (como ocurrió en cambio a tantas otras) al postularse en vísperas de la Ley Moyano que en Andalucía solo cabría una Universidad presupuestariamente, con diez en todo el territorio nacional, coexistiendo con la Hispalense la de Granada, mucho más cerca de la Mancha y el Levante; o que, entre 1891 y 1930, la época en que estudiaron en ella Juan Ramón Jiménez o Luis Cernuda, el éxito de alumnos de la Facultad (382 y 1801, respectivamente) sostuvo y permitió el ascenso de la Universidad a lo largo del siglo XX y la aparición progresiva de tantos otros estudios. Siempre Derecho, no se olvide, primus inter pares, por encima de la cáscara administrativa que aprieta, pero no ahoga, no solo en la Universidad de Sevilla, sino entre las Facultades de Derecho de España, gracias sobre todo a una deslumbrante sucesión de grandes maestros, entre los que querría mencionar, por centrarme solo en los ya idos, a modo de modélico ejemplo, a Manuel Olivencia, fallecido el primer día de este año en que su Facultad de toda la vida celebra su Quinto Centenario, Juan Antonio Carrillo Salcedo o mi maestro José Luis Murga.

            Pero, por seguir con la imagen de Gauguin, esta distinción nos honra también por ser quienes son quienes nos honran. Desde los orígenes modestos en que el término ‘notarius’ designaba en la Antigüedad romana (tan moderna, por lo demás, en tantas otras cosas) al simple estenógrafo o copista, floreciente ya en edad republicana, pasando por el encumbramiento de los tabelliones como clase de profesionales que prestan fe (uno de ellos, Macrino, nombrado emperador en 217, a la muerte abrupta de Antonino Caracalla), elevados emblemáticamente por la constitución del emperador León en 472, seis años antes de la caída de Roma en poder de Odoacro, y su percepción oficial del notario como escritor de documentos, hasta el momento histórico de su papel esencial en el tráfico jurídico como científicos de la praxis jurídica desde ella misma, el Notariado ha representado como pocos ese espacio donde el derecho, abierto a la realidad, no se cierra por ello a las inmensidades espirituales de nuestra ciencia. Los universitarios nos sentimos, por ello, naturalmente cómodos entre vosotros. La figura del notario Dioscoro, contemporáneo greco-egipcio de Justiniano, el hacedor del Digesto en 533, me viene siempre a la cabeza, poeta y no solo jurista, como ejemplo de este encumbrarse sobre la realidad desde la substancia y no desde el accidente, como desgraciadamente ocurre en otros ámbitos jurídicos (y pseudo-jurídicos): como metáfora de este mundo poroso abierto a la realidad pragmática pero también a la alta cultura y al ascenso intelectual y social que supone y permite el conocimiento jurídico verdadero.

            Participios que son siempre gerundios, decía antes. En esa línea hecha de puntos encuentra su lugar el derecho y ese atisbo de certeza y fiabilidad de los que tanto sabe esta casa que hoy nos acoge y que hoy nos honra. Gracias a esta Casa de las Certezas por este honor concedido a la Casa de las Dudas que es y debe ser siempre la Universidad y por antonomasia la Facultad de Derecho. De la certeza notarial que requiere el tráfico jurídico a las dudas sobre las que se construye la ciencia se edifica esta Casa de la Memoria, que es o debe ser siempre el Derecho.

                                                                                              Alfonso Castro Sáenz

Apéndice:
No es este el lugar de acercarse al terrible siglo XX con un mínimo de decoro (baste aludir aquí al tratamiento analítico de M. Crouzet [dir.], La época contemporánea. Historia general de las civilizaciones [Barcelona, Destino, 1982, trad. J. M. Espinàs], pp. 261 y ss., 307 y ss., 689 y ss., como punto de partida) y recordar la frase de alguien que ha dedicado la vida a estudiar entre otros pero no de modo incidental este mundo, H. Carrère d’Encause (El País, 10-XII-2016): “Europa es la respuesta más bella al totalitarismo”.

En relación al planteamiento de Gauguin ¿no debería, de hecho, la obra de arte, en la concepción postimpresionista por él representada, tal y como supo esenciarla emblemáticamente antes de morir G. Albert Aurier, “ser «idealista», porque su único ideal es la expresión de una idea; «simbolista», porque expresa esa idea mediante formas, y «sintética» porque el objeto nunca es captado como objeto, sino como signo de una idea concebida por el sujeto”?: vid. I. F. Walther (ed.), La pintura del impresionismo 1860-1920 (Köln, Taschen, 2016), p. 310.

Sobre las premisas de la poesía pura, a que aludo en texto, vid. A. Hauser, Historia social de la literatura y el arte, III (Madrid, EdicionesGuadarrama, 1971), p. 237; sobre el extracto, ibíd., p. 268.

El concepto unamuniano de intrahistoria, formulado emblemáticamente en su En torno al casticismo (1895), puede hallarse reflejado hasta en sus artículos y/o libros paisajísticos: al respecto, baste cfr. aquí F. J. E. Borrego, El concepto de intrahistoria como ‘praxis’ periodística en ‘Andanzas y visiones españolas’, de Miguel de Unamuno, en Anuario de Estudios Filológicos, 26 (2003), pp. 103-116.

Suele desconocerse el hecho de la licenciatura en Derecho de Cernuda, por lo que conviene destacarlo: ingresó en la Universidad de Sevilla en el otoño de 1919 con diecisiete años para realizar el curso preparatorio (se conservan papeletas de notas incluso de quien en él fue su profesor: Pedro Salinas) y se licenció en Derecho en 1925, examinándose con éxito ese año de Derecho mercantil, Procedimientos judiciales y Práctica forense: por todos, vid. J. Valander, Cronología, en Entre la realidad y el deseo: Luis Cernuda 1902-1963 (Madrid, Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales – Residencia de Estudiantes, 2002, ed. J. Valander), pp. 112-114 y J. M. Barrera López, Luis Cernuda: una juventud sevillana 1919-1928, ibíd., pp. 185-188.

El pensamiento de E. Lledó sobre la lucha contra el olvido como basamento de la civilización occidental traído a colación en texto puede hallarse en El despertar de la memoria, en Días y libros (Salamanca, Junta de Castilla y León, [1994] 19952, ed. M. Jalón), p. 145, previamente aparecido en El País, 4-I-1990. En relación a Kandinsky me refiero ante todo a su Punto y línea sobre el plano, que en 1926 en cierto sentido continuó su De lo espiritual en el arte, de 1911, ambos editados recientemente en español por Paidós.

Está aún por hacerse una aproximación definitoria al valor de la impresión en el mundo jurídico, pero apenas es necesario aquí detenerse en los entresijos de la técnica velazqueña, cada vez más suelta de pincelada, perceptible en una observación cercana de sus telas más emblemáticas de madurez, o en su influencia en la pintura francesa del siglo XIX, ante todo en y desde Manet, un tópos en la crítica del arte moderna: vid. sobre lo primero el análisis de M. Mena Marqués, La restauración de ‘Las meninas’ de Velázquez, en Boletín del ­Museo del Prado, vol. V, n.º 14 (Madrid, mayo-agosto de 1984), pp. 87-107 o C. Garrido, Velázquez, técnica y evolución (Madrid, Museo del Prado, 1992), pp. 582-591; sobre lo segundo, M. Fried, La modernidad de Manet o la superficie de la pintura en la década de 1860 (Madrid, Antonio Machado Libros, 2014, trad. A. Bozal), pp. 35-40, 43-44, 73, 79 y ss., 282.

Sobre los substratos históricos de la institución universitaria Hispalense vid. M. González Jiménez, Orígenes medievales de la Universidad de Sevilla, en V Centenario. La Universidad de Sevilla 1505-2005 (Sevilla, Universidad de Sevilla – Fundación El Monte, 2005), pp. 1-17; sobre el papel de los Reyes Católicos y el papa Julio II en el proceso fundacional, J. Sánchez Herrero, Julio II y la fundación de la Universidad de Sevilla, ibíd., pp. 19-39; sobre la figura esencial de Santaella, J. Gil, Maese Rodrigo Fernández de Santaella. Vida y obra, ibíd., pp. 41-59; sobre colegio y capilla fundacionales, M. J. Sanz, El Colegio y la Capilla de Santa María de Jesús, ibíd., pp. 61-79; sobre los primeros pasos de la recién fundada Universidad, J. A. Ollero Pina, La Universidad de Sevilla en los siglos XVI y XVII, ibíd., pp. 135-150; sobre el humus cultural sobre el que se concibió y edificó la primitiva Universidad, añádase J. Sánchez Herrero, De las primeras letras a la Universidad en la Sevilla de fines del siglo XV (Sevilla, Universidad de Sevilla, 2010).

Sobre la competencia del Colegio de Santo Tomás, inexistente en el campo del Derecho, vid. A. Ollero Pina, op. cit., p. 149; sobre la situación de los estudios hispalenses al final del Seiscientos, ibíd., pp. 173, 182; sobre los datos dieciochescos de alumnos, vid. F. Núñez Roldán, La Universidad de Sevilla en el siglo XVIII, ibíd., p. 209; sobre el papel del Rector Martín Villa en la salvación de la Universidad, R. Navarro Hinojosa, La Universidad de Sevilla durante la Década absolutista y la consolidación del Estado liberal (1823-1868), ibíd., p. 276; sobre el éxito de alumnos de la Facultad jurídica de la Hispalense en el paso de siglo, R. Sánchez Mantero, La Universidad de Sevilla durante la Restauración (1874-1931), ibíd., p. 338 y A. Carrillo-Linares – R. Sánchez Mantero, La República y la Guerra Civil, ibíd., p. 355, respectivamente.

La cronología germinal de los más importantes centros universitarios creados en la Universidad de Sevilla en la segunda mitad del siglo XX es clara: en 1959 se crea la Escuela Superior de Arquitectura; en 1964 la Escuela de Ingenieros Industriales y en 1971 la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, cuyo primer Decano será el hasta entonces de Derecho, Manuel Olivencia, a quien seguirá su discípulo Guillermo Jiménez Sánchez. Sobre este proceso expansivo, vid. A. Carrillo-Linares, Crecimiento y masificación de la Universidad (1940-2004), ibíd., pp. 371-399. Una cronología puede hallarse en J. Aguilar Piñal, Historia de la Universidad de Sevilla (Sevilla, Secretariado de Publicaciones de la Universidad de Sevilla, 1991), pp. 203-212.

El término latino ‘notarius’ , pese a la proliferación de estenógrafos durante la República, aparece no obstante por vez primera usado por Séneca, Apoc., 9, 2 y enseguida por Marcial, Epigr., V, 51, 2; XIV, 208; Quintiliano, Inst. orat., VII, 2, 24; Plinio, Epist., III, 5, 15; IX, 20, 2; IX, 36, 2. El término ‘tabellio’ aparece por vez primera en un texto puramente jurídico, dedicado ante todo a tabelliones y abogados: Ulp. 10 de off. proc., D. 48, 19, 9, 4-7. Sobre la ascensión de Macrino, cfr. Macr., 4, 6; la constitución de León cabe hallarla en C. 8, 17 (18), 11. Remito sobre todo esto, con fuentes, al tratamiento emblemático de M. Amelotti, L’età romana,en M. Amelotti – G. Costamagna, Alle origini del Notariato Italiano (Roma, Consiglio Nazionale del Notariato, 1975), pp. 5-16, 19-23, 72-73, 75, 77-78, sobre el que me apoyo para lo anterior.

Un momento cumbre del notariado de tradición latina cabe hallarlo en la hora de la expansión ibérica ultramarina: vid. un ángulo de notable interés en V. Piergiovanni (coord.), Tra Siviglia e Genova: notaio, documento e commercio nell’età colombiana. Atti di un convegno – Genova, marzo 1992  (Milano, Giuffrè, 1994). Pero sus vibraciones fueron también puramente europeas. Baste un ejemplo, no irrelevante, de la expansión del modelo latino de notariado en el Norte de Europa, sacudida por la influencia francesa en la hora napoleónica, en la propia evolución del denso mundo neerlandés y flamenco, con el surgimiento nacional de Holanda y la más tardía configuración política de Bélgica: vid. P. L. Nève – A. El. Gehlen – F. Stevens – B. Duinkerken, Il Notariato tra Belgio e Paesi Bassi. Dalle origini ai nostri giorni (Milano, Giuffrè, 1996), passim, pero sobre todo pp. 183 y ss., 220 y ss.

Sobre el notario Dioscoro, vid. Amelotti, La età romana, cit., pp. 51, 54, 58, 86, 88, 136-137 y tav. VIII; sobre su propensión a la poesía, M. Norsa, La scrittura letteraria greca del secolo IV a.C. all’VIII d.C. (Firenze, R. Scuola Normale Superiore di Pisa - Tipografia Enrico Arani, 1939), p. 35, sobre el que parcialmente se apoya Amelotti, loc. cit., pp. 136-137.

[*]Texto del discurso pronunciado por Alfonso Castro como Decano de Derecho de la Universidad de Sevilla al recoger la Medalla de Oro concedida a la Facultad en su Quinto Centenario (1518-2018) por el Colegio Notarial de Andalucía de manos de su Decano José Luis Lledó el 29 de noviembre de 2018, bajo la presidencia de Pedro José Garrido Chamorro, Director General de los Registros y del Notariado.